Guía migratoria

Esta guía explica los aspectos básicos que debe revisar una persona extranjera con unión marital de hecho o vínculo de compañero permanente con ciudadano colombiano.

¿Qué es la visa de compañero permanente de colombiano?

La visa de compañero permanente de colombiano es una visa de migrante dirigida a personas extranjeras que tienen una unión de hecho con ciudadano colombiano y desean convivir efectivamente en Colombia.

Esta guía se enfoca en la unión marital de hecho. Si existe matrimonio formal con ciudadano colombiano, debe revisarse la ruta de visa de cónyuge, que es distinta.

¿Para quién puede ser relevante?

  • Extranjeros con unión marital de hecho con ciudadano colombiano.
  • Parejas binacionales que no están casadas, pero tienen vínculo de compañero permanente.
  • Personas que desean revisar si su unión de hecho está correctamente acreditada.
  • Parejas que necesitan organizar documentos civiles, migratorios y de convivencia.
  • Extranjeros que quieren evaluar una ruta migratoria familiar distinta a la visa de cónyuge.

Aspectos que conviene revisar antes de avanzar

Antes de presentar una solicitud, es recomendable revisar si la unión de hecho está formalizada correctamente, si el documento tiene la antigüedad exigida y si la relación se puede explicar de forma clara y coherente.

Documento de unión marital

Revisar escritura pública, providencia judicial, acta de conciliación o certificado de vigencia, según corresponda.

Antigüedad del vínculo

Verificar que la fecha de formalización del documento sea mayor a un año al momento de la solicitud.

Carta del compañero colombiano

Preparar una carta clara sobre convivencia única, constante, perseverante y estable.

Movimientos migratorios

Revisar el certificado de movimientos migratorios del extranjero y del compañero permanente colombiano.

Documentos que suelen revisarse

Cada caso debe analizarse de manera individual, pero en esta categoría suelen revisarse documentos que acrediten la unión de hecho, la convivencia y el historial migratorio.

  • Copia auténtica de escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación que declare la unión marital de hecho.
  • Certificado de vigencia, cuando corresponda, expedido con antelación no mayor a tres meses.
  • Carta suscrita por el compañero permanente colombiano solicitando la visa.
  • Copia simple de la cédula de ciudadanía del compañero permanente colombiano.
  • Dirección física, correo electrónico y teléfono de contacto de la pareja colombiana.
  • Poder especial otorgado al extranjero para solicitar la visa, con reconocimiento de contenido y firma.
  • Certificados de movimientos migratorios del extranjero y del compañero permanente colombiano.

Recomendación: el documento que acredita la unión de hecho, la carta del compañero colombiano y los movimientos migratorios deben revisarse cuidadosamente antes de presentar la solicitud.

Diferencia entre compañero permanente y cónyuge

La visa de compañero permanente se relaciona con unión de hecho. La visa de cónyuge se relaciona con matrimonio formal con ciudadano colombiano.

Aunque ambas rutas pertenecen al ámbito familiar, no deben confundirse. La manera de acreditar el vínculo, los documentos exigidos y la forma de explicar la convivencia pueden ser diferentes.

Idea clave: si existe matrimonio, se revisa la visa de cónyuge. Si existe unión marital de hecho formalizada, se revisa la visa de compañero permanente.

Errores frecuentes en casos de compañero permanente

Muchos casos se complican porque la pareja no revisa con anticipación si la unión de hecho está correctamente acreditada o si el documento cumple las condiciones temporales.

  1. Confundir una relación informal con una unión marital de hecho formalizada.
  2. No verificar que el documento de unión tenga la antigüedad requerida.
  3. Presentar documentos vencidos, incompletos o poco claros.
  4. No explicar adecuadamente la convivencia única, constante, perseverante y estable.
  5. No revisar previamente los movimientos migratorios de ambos.
  6. Asumir que la aprobación es automática por el solo hecho de tener una relación con colombiano.

Preguntas frecuentes sobre la visa de compañero permanente de colombiano

¿Tener una relación con colombiano garantiza la visa?

No. Debe existir una unión de hecho formalmente acreditada y la solicitud debe cumplir los requisitos documentales aplicables. La decisión corresponde exclusivamente a la autoridad competente.

¿Cuánto tiempo debe tener la unión marital de hecho?

La información oficial señala que la fecha de formalización del documento que sustenta la unión de hecho debe ser mayor a un año al momento de la solicitud.

¿Esta visa permite trabajar en Colombia?

La información oficial indica que esta visa otorga autorización abierta de trabajo y permite realizar actividades lícitas en Colombia, sin perjuicio de las normas aplicables.

¿Sirve para acumular tiempo hacia residencia?

La información oficial señala que esta visa permite acumular tiempo para visa de residente en los términos aplicables.

¿Necesitas orientación sobre visa de compañero permanente?

En Visas Colombia podemos ayudarte a revisar tu caso, organizar documentos y evaluar el alcance de una asesoría privada para visa por unión de hecho con ciudadano colombiano.